¿Qué es el teletrabajo?
Según los artículos 2 y 3 de la Ley N°9738: Ley para regular el teletrabajo, se define como teletrabajo, la modalidad de trabajo que se realiza fuera de las instalaciones de la persona empleadora, utilizando las tecnologías de la información y comunicación sin afectar el normal desempeño de otros puestos, de los procesos y de los servicios que se brindan. Esta modalidad de trabajo está sujeta a los principios de oportunidad y conveniencia, donde la persona empleadora y la persona teletrabajadora definen sus objetivos y la forma en cómo se evalúan los resultados del trabajo.
¿Cuáles son los documentos requeridos para optar por la modalidad de teletrabajo?
Contrato de teletrabajo
El contrato de teletrabajo es un acuerdo de voluntades mediante el cual el jefe inmediato y la persona teletrabajadora manifiestan, por escrito y al amparo del bloque de legalidad vigente, una serie de obligaciones y responsabilidades que permiten en su conjunto la ejecución de actividades laborales bajo la modalidad del teletrabajo. Dicho documento tiene un plazo máximo de 12 meses a partir de la fecha “rige” y debe ser enviado siete días naturales antes de iniciar el plazo.
Adenda al contrato de teletrabajo
La adenda al contrato de teletrabajo es una modificación que se agrega al contrato de teletrabajo, sin necesidad de reescribir el material o de reimprimir todo el documento. Dicho documento tiene un plazo máximo de seis meses. Debe suscribirse antes que termine el plazo de vigencia del contrato de teletrabajo activo y enviarse siete días naturales antes de iniciar el plazo.
Tome en cuenta lo siguiente:
Los contratos y adendas de teletrabajo deben estar suscritos con firma digital o, con firma autógrafa. No se pueden combinar ambas firmas. En caso de que el documento se encuentre firmado de forma autógrafa, se puede escanear y enviarse en formato .PDF sin presentar ningún tipo de alteración.
Una vez asignado el número de consecutivo (por la Dirección Regional de Educación u Oficina Central del MEP que corresponda), los contratos y adendas de teletrabajo deben enviarse al correo electrónico de la Unidad de Gestión Administrativa y Logística de la Dirección de Recursos Humanos: [email protected], quien es la instancia encargada de verificar y resguardar la adenda o el contrato de teletrabajo y que las mismas cumplen con los requisitos establecidos para la modalidad de teletrabajo domiciliar. De estar correcta la información suministrada en la adenda o en el contrato de teletrabajo, serán anexados al expediente digital de la persona teletrabajadora.
Para rescindir el contrato de teletrabajo de la persona teletrabajadora, es deber del jefe inmediato comunicar mediante oficio de la instancia o dependencia, explicando el o los motivos por los que se requiere suspender la modalidad de teletrabajo. Para los casos excepcionales deben enviar oficio a la Comisión de Teletrabajo para su análisis.
Video explicativo
Plantillas para teletrabajo:
Instrumentos de planificación, seguimiento, control y presentación de informes de Teletrabajo:
Normativa:
Ley para regular el teletrabajo, N°9738
Por un error involuntario, en la circular DM-001-01-2020, referente a los lineamientos de Teletrabajo, (…), se consignó la fecha de 15 de enero de 2019. Por favor, léase 15 de enero de 2020. Nota enviada por: Dirección de Prensa el viernes 17/01/2020 09:11 a.m.
Documentos de tiempo extraordinario:
Capacitaciones para personas teletrabajadoras
Salud ocupacional en la modalidad de teletrabajo:
**Videos proporcionados por Salud Ocupacional, Ministerio de Educación Pública.
Documentos, Publicaciones e investigaciones:
- Organización Internacional del Trabajo – Ginebra: OIT, 2020. El teletrabajo durante la pandemia de COVID-19 y después de ella- – Guía práctica. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—ed_protect/—protrav/—travail/documents/publication/wcms_758007.pdf
- Maurizio, Roxana. Organización Internacional del Trabajo – Ginebra: OIT 2021. Desafíos y oportunidades del teletrabajo en América Latina y el Caribe. https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/—americas/—ro-lima/documents/publication/wcms_811301.pdf
- Reyes Giovanni E. Ph.D. University of Pittsburgh/Harvard 2018. Nuevas tecnologías y formas de teletrabajo en Latinoamérica. https://www.portafolio.co/economia/empleo/nuevas-tecnologias-y-formas-de-teletrabajo-en-latinoamerica-523474
- Academia Internacional de Teletrabajo-Capítulo América Latina y el Caribe. Primer informe Estado del Teletrabajo en América Latina y el Caribe-2017. https://cidtt.org/wp-content/uploads/2018/03/Estado-del-Teletrabajo-en-Am%C3%A9rica-Latina.pdf
- Mendoza Valero, Daniela A. Colombia 2021. El teletrabajo se impuso para 23 millones de personas en América Latina en el segundo trimestre de 2020. https://www.aa.com.tr/es/cultura/el-teletrabajo-se-impuso-para-23-millones-de-personas-en-am%C3%A9rica-latina-en-el-segundo-trimestre-de-2020/2296404
- IPS Inter Press Periodismo y comunicación para el cambio global, Perú 2021. El teletrabajo irrumpe masivamente en América Latina y el Caribe. Service. https://ipsnoticias.net/2021/07/el-teletrabajo-irrumpe-masivamente-en-america-latina-y-el-caribe/
- Bishop, Katie. BBC News, 2020. Teletrabajo y coronavirus: lo que el mundo puede aprender de los Países Bajos sobre el trabajo desde casa. https://www.bbc.com/mundo/vert-fut-53239051
- Oviedo V. Adriana, Vasquez F.Nancy, Universidad Estatal a Distancia, Costa Rica 2014. El Teletrabajo: una estrategia de motivación.https://revistas.uned.ac.cr/index.php/rna/article/view/744/650
- Gómez, M. Carla A., Instituto Belisario Domínguez México 2020.. El teletrabajo, un estudio comparado. http://bibliodigitalibd.senado.gob.mx/bitstream/handle/123456789/5018/CI_70.pdf?sequence=1&isAllowed=y